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Unión Alcoyana Decenal

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El seguro decenal para la construcción nace para la mejora de las condiciones de calidades de las edificaciones y la exigencia de responsabilidad (legal) por causa de la misma.

 

 

¿Qué garantías incluye el seguro Unión Decenal?

 

 

Daños materiales por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio, así como a la obra secundaria, instalaciones y urbanización.

 

 

¿Qué documentación es necesaria para la formalización de este seguro?

 

 

Es necesaria la contratación de la póliza provisional al inicio de la construcción (como si se tratará de un preaval, un preseguro) una vez recibido por la aseguradora, así como la solicitud cuestionario y el informe D0 del Organismo de Control Técnico (OCT).

 

 

¿Hay legislación que obligue a la contratación de un seguro de daños a la edificación?

  • Ley 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación (vigor 06/05/00)
  • Instrucción 11/09/2000 Registradores y Notarios consulta D.G.S
  • Ley 53/2002 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, disposición adicional segunda Art. 105 modificación L.O.E. (vigor 01/01/03)

¿Son asegurables todas las edificaciones?

  • Aquellos de carácter permanente, públicos o privados cuyo uso principal sea:
    • Vivienda (disposición adicional segunda)
  • Aquellas edificaciones  que sean resultado de las obras siguientes:
    • Las obras de nueva construcción
    • Las obras que alteren la fachada, volumen, cimentación, estructura o uso.
    • Las obras en edificios catalogados.
  • Las instalaciones fijas, equipamientos y de urbanizaciones adscritas al edificio.

La construcción de edificios, la realización de obras que en ellos se ejecuten, precisan de proyecto previo (Art. 2.2) y las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas.

 

¿Quién está obligado a contratar el seguro decenal?

Es un seguro de carácter obligatorio sólo a edificios de viviendas y esta obligación recae sobre el promotor del edificio.

 

¿Quién es el asegurado?

Se trata de un seguro atípico ya que el asegurado es desconocido para la Compañía aseguradora, ya que es la persona adquiriente de la vivienda.

 

 

Existen seguros en los que se designa directamente el asegurado o beneficiario de la póliza y en este caso es la persona que compre la vivienda.

 

¿Qué riesgos se excluyen?

  • Daños corporales y perjuicios económicos.
  • Daños a inmuebles contiguos.
  • Daños a bienes muebles.
  • Obras posteriores a la recepción, salvo reservas.
  • Daños por mal uso o falta mantenimiento.
  • Gastos de mantenimiento.
  • Incendio o explosión (salvo vicio o defecto propios)
  • Caso fortuito o fuerza mayor.
  • Con origen en partes sobre las que se hagan reservas en el acta de recepción

¿Cuándo se inician las garantías del seguro Decenal?

 

La garantía se inicia a la finalización de la obra cuando el promotor de la misma entrega la vivienda al adquiriente o asegurado.

 

La duración del contrato es de 10 años (decenal) más dos de posible recepción de reclamaciones por daños que hayan aparecido durante los diez años de vigencia de la póliza.

 

 

Es normal que Unión Alcoyana incluya en su oferta de seguros esta póliza dado que su ámbito de actuación es fundamentalmente la Comunidad Valencia, área con amplia actividad inmobiliaria y con importantes proyectos y empresas en este sector dentro de la comunidad.   


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